1. Objetivo
del informe:
Mi objetivo principal con este informe es redactar de forma concisa la gestión de tres residuos generados por nuestra empresa de forma que se intente recoger todos los procedimientos a llevar a cabo. De esta manera, poder darle el mejor tratamiento a nuestros residuos para evitar el menor problema tanto a nivel de salud como ambiental.
2. Alcance del informe:
Este informe se centra
en la búsqueda de una correcta gestión de nuestros residuos peligrosos, para
ello debemos clasificar nuestros residuos con sus correspondientes códigos,
especificar el tipo de tratamiento que se va a dar a cada residuo, seleccionar para cada residuo un gestor
autorizado y desarrollar un procedimiento de gestión en el que se explique cómo
realizar la correcta gestión de residuos en su generación, almacenamiento y
entrega al gestor.
3. Desarrollo:
3. Desarrollo:
3.1. Clasificación
y codificación de los residuos:
RESIDUOS
|
Nombre
asignado por la Lista Europea de Residuos
|
Código LER
|
Códigos según
el RD 833/1988
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Ácidos
Inorgánicos
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Ácido
sulfúrico y ácido sulfuroso.
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06 01 01*
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Q7//R6//L21//C19//H1-H8//A871(7)//B5011
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Luminarias
|
Tubos fluorescentes y otros residuos
que contienen mercurio.
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20 01 21*
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Q16//D12//S40//C16//H7// A871(7)//B3510
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Envases de reactivos
|
Envases que contienen restos de sustancias
peligrosas o están contaminados por ellas.
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15 01 10*
|
Q16//D12//S36//C32//H3-B// A871(7)//B5512
|
3.2. Tipo
de tratamiento:
El tipo de tratamiento
que se llevará a cabo en el ácido sulfúrico será la valorización debido a que es
el tratamiento más adecuado para este tipo de residuo dado a que su eliminación
puede provocar efectos nocivos en la salud humana y en el medioambiente.
El tipo de tratamiento
que se llevará a cabo en las luminarias
es el almacenamiento permanente, dado a que este tipo de residuos contienen
mercurio que resulta tóxico, ecotóxico y contiene riesgo de incendio y de
explosión.
El tipo de tratamiento
que se llevará a cabo en los envases de reactivos es el almacenamiento
permanente, dado a que son envases contaminados por los reactivos que han
contenido y su valorización no sería posible.
3.3. Gestores autorizados:
El gestor autorizado
para la gestión del ácido sulfúrico es GESCIUR. Este gestor se encuentra en Vigo, Pontevedra y es el que he escogido debido a su cercanía y profesionalidad.
El gestor autorizado
para la gestión de las luminarias es HIXITEL. Este gestor se encuetra en Mos, Pontevedra y es el que he escogido debido a su cercanía y profesionalidad.
El gestor autorizado para la gestión de los envases de reactivos es CONSENUR.
Este gestor se encuentra en Vilagarcía de Arousa, Pontevedra y es el que he escogido
debido a su cercanía y profesionalidad.
3.4. Procedimiento
de gestión de residuos:
Como responsable
general de los residuos de mi empresa, debo realizar todo el proceso de gestión
de nuestros residuos recopilando toda la información y facilitando las etiquetas
y envases al responsable de laboratorio.
Según la NTP 480 sobre
la gestión de los residuos peligrosos en los laboratorios universitarios y de
investigación del INSHT, dichos residuos deben ser considerados como peligrosos
y deben disponer de un sistema para su correcta gestión.
Lo primero que debemos
realizar es inscribirnos en el Registro General de Productores y gestores de
Galicia como pequeños productores de residuos peligrosos y después de esto
comenzaremos con su clasificación, envasado, etiquetado, almacenamiento
temporal y entrega al gestor.
Debido a la Ley 22/2011
ya no es necesario realizar una Declaración Anual de Productores de Residuos
Peligrosos, ni presentar un estudio de minimización de residuos.
Si existen casos de
desaparición, pérdidas o escape de residuos peligrosos deberá de informarse de
inmediato a la Consellería de Medio Ambiente.
3.4.1. Clasificación:
Para su correcta
clasificación y posterior gestión debemos ordenar nuestros residuos según el
grupo al que pertenecen, donde vienen reflejados en la NTP 480. Nuestros
residuos pertenecen a los siguientes grupos:
RESIDUOS
|
GRUPO
|
Ácidos
Inorgánicos
|
Grupo
IV (Ácidos)
|
Luminarias
|
Grupo VII
(Especiales)
|
Envases
de reactivos
|
Grupo
VI (Sólidos)
|
3.4.2. Envasado:
Antes del envasado
debemos tener en cuenta el tipo de residuo destacando su reactividad y su
compatibilidad. Tanto la reactividad como la compatibilidad en mi caso no es
algo a destacar debido a que el ácido sulfúrico que producimos será envasado
por separado, sin mezcla con otros reactivos. Las luminarias, al pertenecer al
grupo VII no irán junto con otros residuos, sino que se almacenarán
temporalmente por separado. Finalmente los envases de reactivos serán envasados
por separado, evitando así incompatibilidades con los demás residuos.
También debemos tener
en cuenta el volumen de residuos para la correcta elección de los envases, y el
espacio disponible en el laboratorio y en las zonas de almacenamiento. Para los
residuos de ácidos inorgánicos dispondremos de garrafas de polietileno de
5 litros de capacidad. Este polietileno es
el de alta densidad debido a que es resistente a la mayoría de productos químicos,
y en este caso a los ácidos inorgánicos como el ácido sulfúrico.
Las luminarias irán
colocadas en cajas estancas de polietileno, que son los que más se ajustan a
los residuos de productos especiales.
Finalmente par los
envases de reactivos dispondremos de bidones de polietileno de 60 litros de capacidad
y boca ancha, que son los más adecuados para el material desechable
contaminado.
Estos envases serán homologados
y evitaremos superar el 90% de su capacidad.
3.4.3.
Etiquetado:
Los residuos peligrosos
deben estar correctamente etiquetados e identificados. La identificación tendrá
que incluir los datos de nuestra empresa, la referencia concreta de la unidad (nombre,
clave o similar), el nombre del responsable que ha generado el residuo y las
fechas de inicio y final de llenado del envase. La función del etiquetado es
permitir una rápida identificación del residuo e informar del riesgo asociado
al mismo, tanto al usuario como al gestor.
Para realizar este
etiquetado debemos utilizar etiquetas identificativas de cada grupo de
clasificación al que pertenecen nuestros residuos. En nuestra empresa
utilizaremos una codificación por colores proporcionando una etiqueta de un
color diferente a los residuos de diferentes grupos.
·
Los ácidos
inorgánicos que producimos irán etiquetados de color rojo.
·
Las luminarias
irán etiquetadas de color lila.
·
Los envases de
reactivos irán etiquetados de color amarillo.
Las etiquetas deberán
tener un tamaño de 10 cm X 10 cm, deben estar fuertemente fijadas en el envase
y los pictogramas de peligro deben ser de forma cuadrada en un fondo
amarillo-naranja.
En cuanto al contenido de
estas etiquetas debe cumplir con lo establecido en el RD 833/88 que es lo
siguiente:
·
Los recipientes
deben estar etiquetados de forma clara, legible e indeleble en español.
·
En la etiqueta
deberá figurar:
o Código de identificación LER.
o Nombre, dirección y teléfono del titular.
o Fechas de inicio y final de envasado.
o Naturaleza de los residuos.
· Para indicar la
naturaleza deberá usarse los pictogramas de riesgo indicados por el código H de
la Ley 22/2011 de acuerdo con el RD 833/1998.
·
Cuando hay
varios indicadores de riesgo:
o En nuestro caso poseemos un residuo explosivo,
inflamable y comburente, donde solo será obligatorio representar el riesgo de residuo
explosivo.
·
Obligación de
poner la etiqueta firmemente en el envase.
Ejemplo de una etiqueta
elaborada en nuestro laboratorio:
3.4.4.
Almacenamiento temporal:
Desde el momento que
generamos los residuos hasta su retirada por nuestro gestor autorizado, el
almacenamiento es responsabilidad nuestra, debiendo cumplir correctamente la
normativa vigente, que prohíbe almacenamientos superiores a seis meses.
Debido a que nuestra
producción de residuos peligrosos no es muy elevada ni tampoco implican riesgo
muy elevado de incendio o toxicidad, almacenaremos nuestros residuos en
armarios de seguridad RF-15. Este armario se sitúa en el propio laboratorio
debido a que no disponemos de ningún local específico. En el armario debemos
evitar el apilamiento, depositando los contenedores más grandes, como los de
envases de reactivos y luminarias, en el suelo, y en las estanterías metálicas
superiores serán depositadas las garrafas de 5 litros de los ácidos
inorgánicos.
En el momento de
proceder al almacenamiento de los residuos, deberemos disponer de una ficha de
control de residuos, la cual contiene: datos del productor de los residuos, fecha, contenido principal del
residuo, numero de envases y volumen de cada envase. Entonces, en el momento
que se procede a su almacenamiento temporal, se anotan los datos anteriores en
esta ficha de control de residuos.
3.4.5. Entrega al gestor:
Nuestro
laboratorio, en cuanto al régimen jurídico referido al traslado de residuos
peligrosos, se regirá por el procedimiento simplificado de entrega de residuos
y traspaso de su responsabilidad al gestor, para el cual debemos seguir los
siguientes pasos:
· Lo primero que se
debe realizar cuando los residuos son finalmente envasados son las tres
solicitudes de admisión por residuo a las empresas gestoras de residuos
peligrosos.
· Lo segundo es
esperar la contestación a estas solicitudes de admisión, la cual debe
realizarse como máximo en un mes. Esta contestación se realiza con el documento
de aceptación. (DA)
· Lo tercero es
realizar un preaviso del traslado con 10 días de antelación a la Secretaría
General de Calidad y Evaluación Ambiental de Galicia con una notificación
previa del traslado. (NPT)
· Lo cuarto y
último es la formulación del documento de traslado a través de los documentos
de control y seguimiento (DCS), que en nuestro caso, al ser un procedimiento
simplificado y debido a que nuestras empresas gestoras recogen el mismo tipo de
residuos a diferentes productores, estos documentos se dividen en (SXCR-1 y
SXCR-2).
o El modelo (SXCR-1) es un documento itinerante el cual
está dividido en tres partes: parte azul, parte verde y parte blanca.
o El modelo (SXCR-2) es un justificante de entrega.
4. Documentos
relacionados:
Documento 1. Documento de aceptación.
Documento 2. Notificación previa del traslado de residuos
peligrosos.
Documento 3. (SXCR-1) documento itinerante.
Documento 4. (SXCR-2) justificante de entrega.
5. Bibliografía:
José
Ma Clavero Subías y Pere Ysern Comas, 1998. NTP
480: La gestión de los residuos peligrosos en los laboratorios universitarios y
de investigación, INSHT. Available
at:
http://www.insht.es/InshtWeb/Contenidos/Documentacion/FichasTecnicas/NTP/Ficheros/401a500/ntp_480.pdf
[Accessed February 18, 2016].
Xunta de Galicia, Portada - SIRGA. Available
at: http://sirga.cmati.xunta.es/ [Accessed February 18, 2016].