lunes, 8 de febrero de 2016

Informe de gestión de mis residuos peligrosos


1. Objetivo del informe:

Mi objetivo principal con este informe es redactar de forma concisa la gestión de tres residuos generados por nuestra empresa de forma que se intente recoger todos los procedimientos a llevar a cabo. De esta manera, poder darle el mejor tratamiento a nuestros residuos para evitar el menor problema tanto a nivel de salud como ambiental.

2. Alcance del informe:

Este informe se centra en la búsqueda de una correcta gestión de nuestros residuos peligrosos, para ello debemos clasificar nuestros residuos con sus correspondientes códigos, especificar el tipo de tratamiento que se va a dar a cada residuo,   seleccionar para cada residuo un gestor autorizado y desarrollar un procedimiento de gestión en el que se explique cómo realizar la correcta gestión de residuos en su generación, almacenamiento y entrega al gestor. 

3. Desarrollo:

3.1. Clasificación y codificación de los residuos:

RESIDUOS
Nombre asignado por la Lista Europea de Residuos
Código LER
Códigos según el RD 833/1988
Ácidos Inorgánicos
Ácido sulfúrico y ácido sulfuroso.
06 01 01*
Q7//R6//L21//C19//H1-H8//A871(7)//B5011
Luminarias
Tubos fluorescentes y otros residuos que contienen mercurio.
20 01 21*
Q16//D12//S40//C16//H7// A871(7)//B3510
Envases de reactivos
Envases que contienen restos de sustancias peligrosas o están contaminados por ellas.
15 01 10*
Q16//D12//S36//C32//H3-B// A871(7)//B5512

3.2. Tipo de tratamiento:

El tipo de tratamiento que se llevará a cabo en el ácido sulfúrico será la valorización debido a que es el tratamiento más adecuado para este tipo de residuo dado a que su eliminación puede provocar efectos nocivos en la salud humana y en el medioambiente.

El tipo de tratamiento que se llevará  a cabo en las luminarias es el almacenamiento permanente, dado a que este tipo de residuos contienen mercurio que resulta tóxico, ecotóxico y contiene riesgo de incendio y de explosión.

El tipo de tratamiento que se llevará a cabo en los envases de reactivos es el almacenamiento permanente, dado a que son envases contaminados por los reactivos que han contenido y su valorización no sería posible.

3.3. Gestores autorizados:

El gestor autorizado para la gestión del ácido sulfúrico es GESCIUR. Este gestor se encuentra en Vigo, Pontevedra y es el que he escogido debido a su cercanía y profesionalidad.

El gestor autorizado para la gestión de las luminarias es HIXITEL. Este gestor se encuetra en Mos, Pontevedra y es el que he escogido debido a su cercanía y profesionalidad.


El gestor autorizado para la gestión de los envases de reactivos es CONSENUR. Este gestor se encuentra en Vilagarcía de Arousa, Pontevedra y es el que he escogido debido a su cercanía y profesionalidad.

3.4. Procedimiento de gestión de residuos:

Como responsable general de los residuos de mi empresa, debo realizar todo el proceso de gestión de nuestros residuos recopilando toda la información y facilitando las etiquetas y envases al responsable de laboratorio.

Según la NTP 480 sobre la gestión de los residuos peligrosos en los laboratorios universitarios y de investigación del INSHT, dichos residuos deben ser considerados como peligrosos y deben disponer de un sistema para su correcta gestión.

Lo primero que debemos realizar es inscribirnos en el Registro General de Productores y gestores de Galicia como pequeños productores de residuos peligrosos y después de esto comenzaremos con su clasificación, envasado, etiquetado, almacenamiento temporal y entrega al gestor.

Debido a la Ley 22/2011 ya no es necesario realizar una Declaración Anual de Productores de Residuos Peligrosos, ni presentar un estudio de minimización de residuos.

Si existen casos de desaparición, pérdidas o escape de residuos peligrosos deberá de informarse de inmediato a la Consellería de Medio Ambiente. 
  
                                                3.4.1. Clasificación:

Para su correcta clasificación y posterior gestión debemos ordenar nuestros residuos según el grupo al que pertenecen, donde vienen reflejados en la NTP 480. Nuestros residuos pertenecen a los siguientes grupos:

RESIDUOS
GRUPO
Ácidos Inorgánicos
Grupo IV (Ácidos)
Luminarias
Grupo VII (Especiales)
Envases de reactivos
Grupo VI (Sólidos)

                                                3.4.2. Envasado:

Antes del envasado debemos tener en cuenta el tipo de residuo destacando su reactividad y su compatibilidad. Tanto la reactividad como la compatibilidad en mi caso no es algo a destacar debido a que el ácido sulfúrico que producimos será envasado por separado, sin mezcla con otros reactivos. Las luminarias, al pertenecer al grupo VII no irán junto con otros residuos, sino que se almacenarán temporalmente por separado. Finalmente los envases de reactivos serán envasados por separado, evitando así incompatibilidades con los demás residuos.

También debemos tener en cuenta el volumen de residuos para la correcta elección de los envases, y el espacio disponible en el laboratorio y en las zonas de almacenamiento. Para los residuos de ácidos inorgánicos dispondremos de garrafas de polietileno de 5  litros de capacidad. Este polietileno es el de alta densidad debido a que es resistente a la mayoría de productos químicos, y en este caso a los ácidos inorgánicos como el ácido sulfúrico.

Las luminarias irán colocadas en cajas estancas de polietileno, que son los que más se ajustan a los residuos de productos especiales.

Finalmente par los envases de reactivos dispondremos de bidones de polietileno de 60 litros de capacidad y boca ancha, que son los más adecuados para el material desechable contaminado.

Estos envases serán homologados y evitaremos superar el 90% de su capacidad.

                                                3.4.3.  Etiquetado:

Los residuos peligrosos deben estar correctamente etiquetados e identificados. La identificación tendrá que incluir los datos de nuestra empresa, la referencia concreta de la unidad (nombre, clave o similar), el nombre del responsable que ha generado el residuo y las fechas de inicio y final de llenado del envase. La función del etiquetado es permitir una rápida identificación del residuo e informar del riesgo asociado al mismo, tanto al usuario como al gestor.

Para realizar este etiquetado debemos utilizar etiquetas identificativas de cada grupo de clasificación al que pertenecen nuestros residuos. En nuestra empresa utilizaremos una codificación por colores proporcionando una etiqueta de un color diferente a los residuos de diferentes grupos.

·         Los ácidos inorgánicos que producimos irán etiquetados de color rojo.
·         Las luminarias irán etiquetadas de color lila.
·         Los envases de reactivos irán etiquetados de color amarillo.

Las etiquetas deberán tener un tamaño de 10 cm X 10 cm, deben estar fuertemente fijadas en el envase y los pictogramas de peligro deben ser de forma cuadrada en un fondo amarillo-naranja.

En cuanto al contenido de estas etiquetas debe cumplir con lo establecido en el RD 833/88 que es lo siguiente:

·         Los recipientes deben estar etiquetados de forma clara, legible e indeleble en español.
·         En la etiqueta deberá figurar:
o   Código de identificación LER.
o   Nombre, dirección y teléfono del titular.
o   Fechas de inicio y final de envasado.
o   Naturaleza de los residuos.
·        Para indicar la naturaleza deberá usarse los pictogramas de riesgo indicados por el código H de la Ley 22/2011 de acuerdo con el RD 833/1998.

·         Cuando hay varios indicadores de riesgo:

o    En nuestro caso poseemos un  residuo explosivo, inflamable y comburente, donde solo será obligatorio representar el riesgo de residuo explosivo.

·         Obligación de poner la etiqueta firmemente en el envase.


Ejemplo de una etiqueta elaborada en nuestro laboratorio:


                                                3.4.4.  Almacenamiento temporal:

Desde el momento que generamos los residuos hasta su retirada por nuestro gestor autorizado, el almacenamiento es responsabilidad nuestra, debiendo cumplir correctamente la normativa vigente, que prohíbe almacenamientos superiores a seis meses.

Debido a que nuestra producción de residuos peligrosos no es muy elevada ni tampoco implican riesgo muy elevado de incendio o toxicidad, almacenaremos nuestros residuos en armarios de seguridad RF-15. Este armario se sitúa en el propio laboratorio debido a que no disponemos de ningún local específico. En el armario debemos evitar el apilamiento, depositando los contenedores más grandes, como los de envases de reactivos y luminarias, en el suelo, y en las estanterías metálicas superiores serán depositadas las garrafas de 5 litros de los ácidos inorgánicos.  

En el momento de proceder al almacenamiento de los residuos, deberemos disponer de una ficha de control de residuos, la cual contiene: datos del productor de los residuos, fecha, contenido principal del residuo, numero de envases y volumen de cada envase. Entonces, en el momento que se procede a su almacenamiento temporal, se anotan los datos anteriores en esta ficha de control de residuos.

                                                3.4.5. Entrega al gestor:

Nuestro laboratorio, en cuanto al régimen jurídico referido al traslado de residuos peligrosos, se regirá por el procedimiento simplificado de entrega de residuos y traspaso de su responsabilidad al gestor, para el cual debemos seguir los siguientes pasos:

·        Lo primero que se debe realizar cuando los residuos son finalmente envasados son las tres solicitudes de admisión por residuo a las empresas gestoras de residuos peligrosos.

·  Lo segundo es esperar la contestación a estas solicitudes de admisión, la cual debe realizarse como máximo en un mes. Esta contestación se realiza con el documento de aceptación. (DA) 

·    Lo tercero es realizar un preaviso del traslado con 10 días de antelación a la Secretaría General de Calidad y Evaluación Ambiental de Galicia con una notificación previa del traslado. (NPT)

·      Lo cuarto y último es la formulación del documento de traslado a través de los documentos de control y seguimiento (DCS), que en nuestro caso, al ser un procedimiento simplificado y debido a que nuestras empresas gestoras recogen el mismo tipo de residuos a diferentes productores, estos documentos se dividen en (SXCR-1 y SXCR-2).

El modelo (SXCR-1) es un documento itinerante el cual está dividido en tres partes: parte azul, parte verde y parte blanca.

El modelo (SXCR-2) es un justificante de entrega.

      



4. Documentos relacionados:

Documento 1. Documento de aceptación.


Documento 2. Notificación previa del traslado de residuos peligrosos.

Documento 3. (SXCR-1) documento itinerante.

Documento 4. (SXCR-2) justificante de entrega.
 

5. Bibliografía:
José Ma Clavero Subías y Pere Ysern Comas, 1998. NTP 480: La gestión de los residuos peligrosos en los laboratorios universitarios y de investigación, INSHT. Available at: http://www.insht.es/InshtWeb/Contenidos/Documentacion/FichasTecnicas/NTP/Ficheros/401a500/ntp_480.pdf [Accessed February 18, 2016].

Xunta de Galicia, Portada - SIRGA. Available at: http://sirga.cmati.xunta.es/ [Accessed February 18, 2016].